Ley N° 21.808: Nuevo Sistema de Subsidio Unificado de Empleo (SUE)
¿Qué cambia para las empresas a partir del 1 de octubre de 2026?
Con fecha 13 de marzo de 2026 se publicó la Ley N° 21.808, que crea el nuevo Sistema de Subsidio Unificado de Empleo (SUE), mecanismo que reemplaza los principales subsidios a la contratación actualmente vigentes y los reúne en un único sistema administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).
El objetivo de esta reforma es incentivar el empleo formal y facilitar la contratación de personas pertenecientes a grupos prioritarios, mediante un beneficio económico que favorece tanto a los trabajadores como a las empresas.
Aunque la ley comenzará a regir el 1 de octubre de 2026, resulta recomendable que las empresas conozcan desde ya sus principales aspectos y revisen oportunamente sus procesos de contratación.
¿Quiénes podrán acceder al subsidio?
El sistema está orientado a fomentar la contratación de determinados grupos de trabajadores, entre ellos:
Jóvenes entre 18 y 24 años.
Mujeres entre 25 y 54 años.
Personas de 55 años o más.
Personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad, desde los 18 años.
Durante el primer año de vigencia del sistema, los tres primeros grupos deberán pertenecer al 40% de mayor vulnerabilidad socioeconómica del Registro Social de Hogares. Este requisito no será exigible tratándose de personas con discapacidad.
¿Qué requisitos deberá cumplir el trabajador?
Además de pertenecer a alguno de los grupos señalados, el trabajador deberá cumplir ciertos requisitos establecidos por la ley, entre ellos:
Percibir una remuneración bruta mensual igual o inferior a 2,25 ingresos mínimos mensuales.
Registrar al menos 6 meses continuos u 8 meses discontinuos de desempleo durante los 18 meses anteriores a la contratación.
Cumplir, cuando corresponda, con el requisito de vulnerabilidad socioeconómica señalado anteriormente.
¿En qué consiste el beneficio?
Una de las principales novedades de esta ley es que el subsidio no está dirigido únicamente al trabajador, sino también al empleador.
Durante el primer año de funcionamiento del sistema:
La empresa podrá acceder a un aporte equivalente al 20% de la remuneración bruta mensual del trabajador beneficiario.
El trabajador podrá recibir un subsidio equivalente al 10% de su remuneración bruta mensual.
La duración general del beneficio será de hasta 12 meses, pudiendo extenderse hasta 15 meses tratándose de personas con discapacidad y de micro y pequeñas empresas.
¿Qué deberán tener presente las empresas?
Para acceder al beneficio, será necesario cumplir con una serie de requisitos establecidos por la ley, entre ellos:
Mantener al día las obligaciones laborales y previsionales.
Presentar la solicitud dentro de los tres primeros meses desde el inicio de la relación laboral.
No haber mantenido contratado al mismo trabajador durante los doce meses anteriores.
No encontrarse afecto a determinadas inhabilidades legales.
Asimismo, la normativa contempla situaciones en las que el subsidio puede suspenderse o perderse, especialmente cuando existan incumplimientos laborales o previsionales relevantes, o cuando se obtenga el beneficio mediante información falsa o incorrecta.
En este punto, resulta especialmente importante mantener un adecuado control del cumplimiento de las obligaciones laborales, ya que determinadas infracciones pueden impedir acceder al beneficio o generar su pérdida durante su vigencia.
¿Cómo se solicita?
La postulación deberá realizarse a través de la Ventanilla Única Social, pudiendo ser presentada tanto por el empleador como por la persona trabajadora.
En el caso de las empresas, la solicitud deberá efectuarse dentro de los tres primeros meses desde el inicio del contrato de trabajo, por lo que será recomendable incorporar esta revisión dentro del proceso habitual de contratación.
¿Qué ocurre con los subsidios actuales?
La entrada en vigencia del SUE implicará el reemplazo de los actuales subsidios a la contratación, por lo que ya no se otorgarán nuevos beneficios bajo dichos regímenes.
Sin perjuicio de ello, quienes actualmente sean beneficiarios podrán continuar percibiéndolos por el período que corresponda conforme a la normativa vigente o hasta seis meses desde la publicación de la ley, lo que ocurra primero.
Recomendaciones
La entrada en vigencia del nuevo sistema constituye una buena oportunidad para revisar los procesos internos de contratación y administración de personal.
En este contexto, recomendamos que las empresas:
Revisen desde ahora sus procedimientos de contratación.
Verifiquen oportunamente si los nuevos trabajadores cumplen los requisitos para acceder al subsidio.
Incorporen la revisión del SUE dentro del proceso de ingreso de personal.
Mantengan al día sus obligaciones laborales y previsionales.
Evalúen previamente la compatibilidad del SUE con otros beneficios de contratación que pudieran resultar aplicables.
Asimismo, debe tenerse presente que la ley contempla un límite de recursos disponibles durante su primer año de funcionamiento, por lo que será recomendable efectuar las postulaciones oportunamente una vez que el sistema entre en operación.
La creación del Sistema de Subsidio Unificado de Empleo representa uno de los cambios más relevantes en materia de incentivos a la contratación de los últimos años. Si bien su implementación comenzará en octubre de 2026, resulta aconsejable que las empresas revisen desde ya sus procesos internos y conozcan los requisitos del nuevo sistema, de manera de aprovechar adecuadamente este beneficio y evitar contingencias derivadas de su aplicación.