Capacitación obligatoria en prevención de riesgos laborales
La Resolución Exenta N°1.117, de 2026, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, aprueba la Guía Técnica que regula el curso de 8 horas exigido por el artículo 16 del DS N°44. Rige desde el 1 de noviembre de 2026.
Qué exige la nueva Guía Técnica
01 Quiénes deben capacitar:
Toda entidad empleadora, sin importar tamaño, rubro o número de trabajadores.
02 Quiénes deben ser capacitados:
transversalidad y universalidad. Todos los trabajadores, cualquiera sea su contrato, incluidos aprendices y nuevas contrataciones. 03 Duración mínima del curso 8 horas, teóricas o prácticas, con enfoque de género, completadas dentro de 3 meses. 04 Periodicidad Debe repetirse conforme al programa preventivo de la empresa, sin exceder los 2 años.
03 Duración mínima del curso:
8 horas, teóricas o prácticas, con enfoque de género, completadas dentro de 3 meses.
04 Periodicidad:
Debe repetirse conforme al programa preventivo de la empresa, sin exceder los 2 años.
C Ó M O C U M P L I R L A O B L I G A C I Ó N
Tres modalidades para ejecutar la capacitación.
01 Ejecución directa
Q U I É N L A I M P A R T E La propia entidad empleadora.
C U Á N D O U S A R L A Cuando cuenta con un Departamento de Prevención de Riesgos o un experto en prevención de riesgos.
02 Asistencia del Organismo Administrador
Q U I É N L A I M P A R T E El Organismo Administrador de la ley N°16.744 (mutualidad o ISL), según corresponda.
C U Á N D O U S A R L A Cuando la empresa requiere el apoyo del OAL para otorgar la capacitación. En las tres modalidades, la responsabilidad legal de cumplir con la capacitación es siempre de la entidad empleadora.
03 Entidad acreditada (OTEC)
Q U I É N L A I M P A R T E Organismos Técnicos de Capacitación acreditados por SENCE.
C U Á N D O U S A R L A Cuando la empresa opta por externalizar la capacitación a un tercero acreditado.
E N N Ú M E R O S
Los plazos y estándares que fija la norma.
Duración mínima del curso Horas de capacitación teórica o práctica 8 HORAS
Contenidos obligatorios Materias que el curso no puede omitir ni reducir 7 TEMAS
Plazo para completar los módulos Contado desde el inicio del curso de capacitación 3 MESES
Periodicidad máxima Entre una capacitación y la siguiente 2 AÑOS
Q U É D E B E N H A C E R L A S E M P R E S A S
Pasos para cumplir sin contratiempos.
01 Elegir la modalidad Ejecución directa, apoyo del Organismo Administrador (OAL) o un OTEC acreditado.
02 Cubrir los 7 contenidos mínimos Riesgos, efectos en la salud, medidas preventivas, prestaciones de la ley N°16.744, plan de emergencia, señalética y prevención de incendios.
03 Registrar y conservar la evidencia. El registro debe ser acreditable, verificabl y trazable. Nómina, asistencia, evaluaciones y certificados, por un período mínimo de 5 años.
04 Anticiparse a la fiscalización La Dirección del Trabajo fiscaliza esta obligación desde el 1 de febrero de 2025.